Tintos y Rosados bajo la Denominación de Origen Rueda

Vinos de Rueda

Hace un par de años la D.O Rueda sufrió un varapalo tras recibir una noticia del Tribunal Superior de Justicia en la que se indicaba que los vinos tintos y rosados que se producían en la región no merecían estar amparados bajo la Denominación de Origen Rueda, el motivo que se indicaba era la carencia de carácteres y cualidades específicas que debe presentar un producto bajo esta D.O., recordemos que sólo se contemplan los vinos blancos.

El golpe para los productores fue duro y más teniendo en cuenta que desde el año 2002, la Denominación de Origen promovía la elaboración de estos vinos. Un pequeño resquicio legal abría una ventana de esperanza, durante más de cinco años los vinos rosados y tintos se habían vendido como Vinos de la Tierra, este hecho obligaría a que se adquiriera la Indicación Geográfica, primer paso antes de poder obtener la Denominación de Origen.

Ahora conocemos que existe la posibilidad de que se apruebe el nuevo reglamento de la Denominación de Origen Rueda que permitiría finalmente acoger bajo la D.O. a los tintos y a los rosados. El borrador del reglamento indica que cada bodega podrá elaborar el vino que más le convenga, pudiendo hacer las dos clases de vino, se contempla también un periodo de concilio entre tintos y rosados de siete años, ambos podrán ser comercializados por la bodega indistintamente de si se encuentran bajo la D.O. o si están etiquetados como Vinos de la Tierra de Castilla y León.

Tras este periodo de siete años, será obligatorio que las bodegas se decanten por una u otra elaboración, vinos de uvas pertenecientes exclusivamente a esta denominación o vinos elaborados con uva de cualquier punto de Castilla León y amparados bajo la etiqueta Vino de la Tierra.

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