Informar sobre las calorías de las bebidas alcohólicas

La información sobre el contenido calórico de las bebidas alcohólicas es la nueva norma voluntaria para la industria en Estados Unidos. Es un primer paso para conseguir que el etiquetado de bebidas alcohólicas declare los valores nutricionales de forma obligada.

Informar sobre el contenido nutricional de las bebidas

Los consumidores de Estados Unidos van a poder saber muy pronto cuántas calorías contiene una botella de vino, whisky, cerveza o cualquier bebida que contenga alcohol, la razón es que se ha aprobado una medida para que las empresas que se dedican al mundo de las bebidas alcohólicas, informen sobre el contenido calórico de los productos que elaboran. La medida es una iniciativa de la TTB (Oficina de Comercio e Impuestos del Tabaco y el Alcohol de Estados Unidos), una agencia que trabaja para el Departamento del Tesoro del país y que tiene jurisdicción sobre el etiquetado de las bebidas alcohólicas.

La iniciativa de informar sobre las calorías de las bebidas alcohólicas es de carácter voluntario, se ha modificado la ley de etiquetado para que esta información se pueda incluir. Es un paso en la transición, hasta que se haga realidad la reglamentación que obligue a informar sobre las calorías de las bebidas alcohólicas en el etiquetado. La TTB ha preparado una guía para que la industria pueda incluir la información oportuna, algo que ha sido aplaudido por varias organizaciones de consumidores por considerarse una política transparente que ayudará a quienes realizan dieta o controlan las calorías que ingieren. También se anuncia que estas medidas contribuyan a mejorar la publicidad y el etiquetado que puede inducir a error sobre el verdadero valor nutricional de las bebidas alcohólicas.

La reglamentación contempla otros puntos de interés, como las declaraciones relacionadas con la edad, los procesos de fabricación, el análisis de la composición, las garantías científicas o cualquier información que de forma directa o indirecta puedan inducir a error a los consumidores. Se especifica que en algunos casos la información puede parecer irrelevante en términos generales, pero para determinados sectores de consumidores resulta de interés. La nueva ley prevé algunas excepciones dependiendo de la graduación alcohólica, así, en el vino con graduación inferior al 14%, la inclusión de la información no será obligatoria. Al respecto hay que decir que también se han definido nuevas descriptivas según el volumen de alcohol, si es inferior al 14% el vino podrá incluir el mensaje ‘Vino de mesa’ y no será necesario incluir el porcentaje de alcohol.

Desde hace más de una década las asociaciones de consumidores han estado solicitando un etiquetado estandarizado que permitiera conocer la información nutricional de la cerveza, el vino y las bebidas espirituosas, cumpliendo una reglamentación similar a la que utilizan otros alimentos y bebidas, con ello se pretende que los consumidores estadounidenses puedan conocer la ingesta calórica y el contenido de alcohol, para moderar el consumo y las calorías que toman. La puesta en marcha de esta reglamentación se lleva a cabo a partir de una decisión de la Comisión Federal de Comercio, cuando exigió al fabricante de Four Loko, una bebida alcohólica que contiene cafeína, taurina, guaraná y alcohol.

Estas bebidas fueron motivo de preocupaciones legales, éticas y saludables debido a que los menores de edad tenían acceso a ellas y contenían una combinación de cafeína y alcohol. La bebida fue prohibida en varios Estados del país, se tuvo que reformular y en algunos casos, algunas variantes dejaron de comercializarse como bebidas energéticas por su composición. La TTB indica que el carácter voluntario no servirá para asegurar que los consumidores puedan acceder a la información, pero es un primer paso, además, quienes acepten incluir esta información facilitará que los consumidores puedan realizar comparativas y elegir lo que más le convenga.

La TTB pretende seguir trabajando para que a medio plazo, el carácter voluntario de la norma se transforme en obligatorio y los consumidores puedan conocer realmente la información nutricional sobre lo que están bebiendo. Hablando de asociaciones y organizaciones que reivindicaban conocer esta información, recordamos el post Calculadora de calorías de bebidas alcohólicas creada por World Cancer Research Fund (WCRF UK). Recordemos que en la dieta también hay que controlar las calorías bebidas, algunos estudios científicos como el realizado por la Johns Hopkins Bloomberg School of Public Health, apuntan que en las dietas de adelgazamiento, las bebidas pueden ser incluso más importantes que la comida.

Para conocer todos los detalles sobre la nueva reglamentación y los puntos sobre las declaraciones, certificaciones y modificaciones oportunas, podéis acceder a este artículo de la página oficial de la TTB, así mismo, a través de este documento (Pdf), podréis conocer todos los detalles sobre las declaraciones voluntarias del contenido de nutrientes en el etiquetado y la publicidad en vinos, licores destilados y bebidas de malta.

2 comentarios

  • José Mª Ferrer Villar - junio 13, 2013 - 17:44
    #1

    Un artículo interesante, creéis que la UE seguirá esta línea de acuerdo con el Reglamento 1169/2011 en función de los informes que deben desarrollar en el campo de las bebidas alcohólicas y el etiquetado?.

    Un cordial saludo,

    José Mª Ferrer Villar

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  • VelSid - junio 14, 2013 - 01:16
    #2

    En el reglamento especifica «A fin de alentar a los operadores de empresas alimentarias a facilitar de forma voluntaria la información contenida en la información nutricional para las bebidas alcohólicas y los alimentos no envasados que puedan estar exentos del etiquetado nutricional obligatorio, debe ofrecerse la posibilidad de declarar únicamente una parte de los elementos de la información nutricional. No obstante, conviene determinar con claridad la información que puede facilitarse a título voluntario a fin de evitar que la libertad de elección de los operadores de empresas alimentarias pueda inducir a error al consumidor» quizá termine modificándose 🙂

    Responder

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