La denominación sangría sólo podrá utilizarse cuando la bebida se haya elaborado en España o en Portugal

Sólo es sangría si la bebida aromatizada a base de vino se elabora en España y Portugal. En el resto de países de la Unión Europea, el término sangría sólo podrá acompañar a la descripción ‘bebida aromatizada a base de vino’ indicando también el país de procedencia.

Sangría

La sangría es una bebida aromatizada a base de vino típica de nuestro país, es como la tapa, identifica parte de nuestra cultura gastronómica. Esta bebida hoy es noticia porque su denominación ha sido sometida a votación en el Parlamento Europeo, aprobándose en nuevo reglamento que la denominación sangría sólo podrá utilizarse cuando la bebida se haya elaborado en España o en Portugal.

La aprobación de la reforma del Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre la definición, designación, presentación, etiquetado y protección de las indicaciones geográficas de los productos vitivinícolas aromatizados, ha venido dada por 609 votos positivos, ha habido 72 votos en contra y 4 abstenciones.

El resto de países miembros de la UE va a disponer de un año para aplicar la nueva norma. Hay que decir que el resto de países podrán elaborar el ‘vino aromatizado‘ que conocemos como sangría, pero no podrán denominarla así, sólo podrán utilizar el término sangría como complemento de ‘Bebida aromatizada a base de vino‘ indicando además el país de procedencia. La misma norma que se ha aprobado para la sangría, ha sido aprobada para la clarea, quizá no es tan conocida ni popular la ‘sangría de vino blanco’.

Parece ser que han transcurrido dos años desde que se propuso esta norma en Bruselas, que tiene la finalidad de proteger el término sangría, originario de España y Portugal. Fuera de la península ibérica, en los Estados miembros, se limita su uso como información complementaria o facultativa.

La reglamentación de la elaboración, circulación y comercio de la sangría publicada en el BOE define a esta bebida así:

Sangría es la bebida derivada de vino producida en España, compuesta de vino tinto y agua natural o carbónica, con zumos, extractos o esencias naturales de frutos cítricos y con adición o no de azúcares.

La proporción mínima de vino tinto contenida en la sangría ha de ser del 50 por 100 en volumen y el grado alcohólico del producto terminado debe estar comprendido entre 7º y 12º.
Podrá contener partículas sólidas de la pulpa o corteza de cítricos.

No estará de más que, ya que quieren proteger la sangría como producto ‘ibérico’, que nos protejan a los consumidores sobre las bebidas que se sirven como ‘sangría’ en algunos establecimientos españoles, porque hay cada una…

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3 comentarios

  • Josema Azpeitia - enero 15, 2014 - 04:35
    #1

    No me parece correcta esta decisión y voy a tratar de explicar el por qué.
    En mi opinión, el término «sangría» corresponde a una preparación, que aunque puede ser de origen español y portugués, a día de hoy, debido al turismo que en las últimas décadas ha habido en estos países, se elabora en más lugares del mundo.
    Imaginemos, por poner un caso, que el Gobierno de Perú decidiera proteger el término «ceviche» y creara una ley que obligara a que para utilizar dicho nombre, el preparado tuviera que estar elaborado en Perú o en un país andino. O que el Gobierno de Japón hiciera lo mismo con el término «sushi». Los restaurantes que utilizaran en sus cartas o en sus páginas web dicho término o las empresas que lo elaboran industrialmente deberían de sustituirlo por «macerado de pescado» o «preparación de arroz y algas».
    No estoy en contra de que se quiera proteger la sangría ibérica, pero apropiarse del término genérico no me parece lícito. En todo caso, debería crearse una denominación llamada «Sangría de España» y otra llamada «Sangría de Portugal», o en todo caso una denominación común llamada «Sangría ibérica». Eso sí me parece correcto. Quien quiera elaborar sangría en Francia o en Pernambuco que lo haga, pero su producto sería «Sangría» a secas, sin denominación de origen ibérica. O, si lo quisieran, sangría con su propia denominación, es decir «Sangría de Francia» o «Sangría de Pernambuco».
    Algo similar sucede con la famosa polémica del txakolí. Hay una serie de bodegas de Burgos y Cantabria que han mostrado su intención de elaborar dicho vino, denominado chacolí o chacolín fuera del País Vasco y que lleva elaborándose hace siglos en dichas provincias. El Gobierno Vasco y los productores vascos han puesto el grito en el cielo y pretenden que en dichas provincias no se pueda emplear dicho término. En mi opinión, a pesar de ser vasco y estar totalmente de acuerdo con que debemos proteger nuestros productos, considero un error el pretender apropiarse de un término que, aunque sea de origen vasco, hoy en día se usa en más lugares, y pienso que la solución no radica en prohibir a Burgos o Cantabria el utilizar el término Chacolí, sino en crear una normativa que obligue al productor a especificar el lugar de origen, de esta forma, el chacolí elaborado fuera del País Vasco debería llevar claramente la denominación «Chacolí de Burgos» o «Chacolí de Cantabria» de la misma manera que los Txakolís vascos están divididos en «Txakoli de Getaria», «Txakoli de Bizkaia» y «Txakoli de Araba». Y luego que sea el consumidor quien decida cuál se adapta más a su gusto o a su bolsillo.
    Creo que ahí radica la cuestión. Nadie debería de apropiarse de términos no geográficos como «sangría», «chacolí» o «cerveza» por poner tres casos. Esto no es lo mismo que las polémicas que en su día surgieron por la mala utilización de términos como «Champán» que, en este caso, si está justificada su apropiación por la D.O., ya que corresponde a vinos elaborados en la región de Champagne, no hablamos de un término genérico, sino de una indicación geográfica.
    Por lo tanto, sí a favor de que se proteja y se regule y delimite la «Sangría de España» o la «Sangría de Portugal», pero quien quiera hacer Sangría en Alemania que la haga si quiere, siempre que quede claro el lugar del que ésta procede. Y que sea el consumidor quien elija la que más le gusta.

    Responder
  • Salvador Gonfi - enero 15, 2014 - 09:29
    #2

    Estoy totalmente de acuerdo con Josema Azpeitia, pero además añadiria que, ja que pretenden controlar la denominación de origen, también deberían controlar la composición. Un vino es un vino (la etiqueta puede indicar la variedad de uva), una bebida gaseosa puede ser cualquier cosa, en cuanto a las frutas es un universo. Así pues que una etiqueta diga simplemente ‘Sangria’ no dice nada que interese realmente al consumidor.
    Por cierto si un dia en Francia o Italia ofrezco a mis invitados una sangria casera, ¿deberé decir que les ofrezco una bebida de vino aromatizado sin poder mencionar sangría? Lamentable.

    Responder
  • VelSid - enero 16, 2014 - 21:22
    #3

    Estamos muy de acuerdo con tus argumentos Josema, le falta sentido y sobre todo, sería necesario que antes establecieran unas normas en España y Portugal, porque como comentábamos, pedir una sangría es casi un juego de riesgo.

    De todas formas, cuando dices que se debe dejar que haga sangría quien quiera, pero que indique su procedencia, es lo que establece la norma, podrá llevar el término ‘sangría’, siempre sumado a Bebida aromatizada a base de vino y el país de elaboración.

    Salvador, sigue haciendo disfrutar a tus invitados a sangría casera ;))

    Saludos

    Responder

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