Aprobada la obligación de incluir la indicación de origen en el etiquetado de la leche y los productos lácteos

Ha sido aprobada la obligación de incluir la indicación de origen en el etiquetado de la leche y los productos lácteos en España, así lo ha decidido el Consejo de Ministros hoy. La medida se hará efectiva cuatro meses después de que sea publicada en el Boletín Oficial del Estado.

Real Decreto para indicar el origen de la leche y los productos lácteos en España

El año pasado España comunicaba a la Comisión Europea la intención de poner en marcha la indicación de origen en el etiquetado de la leche y los productos lácteos, iniciativa que se pondría en marcha de forma experimental durante un plazo de dos años. Posteriormente, en mayo del presente año podíamos saber que la medida no era aceptada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia al considerar que podría afectar a la competencia efectiva y constituir una restricción a la libre circulación de mercancías.

Pues bien, finalmente, el Consejos de Ministros ha aprobado la propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), la obligación de incluir la indicación del origen en el etiquetado de la leche y de los productos lácteos, según el Real Decreto, el etiquetado deberá incluir el país de ordeño y de transformación, siendo la primera vez que en España se regula un etiquetado de origen obligatorio para un producto alimenticio, sin que se trate de una obligación determinada por la normativa comunitaria.

De este modo se secunda la norma que adoptó en su momento Francia, y que provocó un efecto dominó, ya que otros países como Italia, Portugal, Grecia, Lituania o Finlandia, se sumaron a la iniciativa de etiquetar el origen de la leche y los productos lácteos. Se considera que la norma contribuye en la creación de un marco ideal para el sector lácteo, ya que todas las partes interesadas, industria, productores y consumidores, saldrán beneficiados, aunque como ya hemos comentado, no todo el mundo acepta la introducción de la norma.

Los consumidores podrán saber el país de ordeño de la leche y el país en el que se ha utilizado como materia prima para su transformación en otros productos lácteos, otorgando mayor transparencia e información a los consumidores sobre el origen de los alimentos que adquieren y consumen. Según el Real Decreto, si el país de ordeño y transformación es España, se deberá indicar “España” y no se podrá sustituir por “UE”, si la leche no es en exclusiva de procedencia española, entonces sí será necesario indicar el país de ordeño y transformación. Con ello se diferenciará claramente la leche que ha sido ordeñada y transformada en nuestro país.

Leche con indicación del país de ordeño y transformación

La lista de productos afectados según el MAPA es la siguiente:

• Leche y nata, sin concentrar, azucarar ni edulcorar de otro modo.

• Leche y nata, concentradas, azucaradas o edulcoradas de otro modo.

• Suero de mantequilla, leche y nata cuajadas, yogur, kefir y demás leches y natas, fermentadas o acidificadas, incluso concentrados, azucarados, edulcorados de otro modo o aromatizados, o con fruta o cacao.

• Lactosuero, incluso concentrado, azucarado o edulcorado de otro modo; productos constituidos por los componentes naturales de la leche, incluso azucarados o edulcorados de otro modo, no expresados ni comprendidos en otras partidas.

• Mantequilla y demás materias grasas de la leche.

• Quesos y requesón.

La norma empezará a aplicarse cuatro meses después de que se publique en el B.O.E (Boletín Oficial del Estado), con ello se pretende dar tiempo a la industria del sector para adaptarse a ella. Hay que decir que la leche y los productos lácteos que estén en el mercado en el momento en el que la norma entre en vigor, podrán comercializarse hasta que se acaben las existencias.

Desde la puesta en marcha, la norma permanecerá en vigor durante dos años. Aquí queremos hacer un inciso, cuando se aprobó la medida en Francia, la UE manifestó que decidiría si esta medida la extendería al resto de países miembros. Es decir, en enero de 2019 el periodo de dos años en Francia concluirá, por lo que en las semanas posteriores la UE deberá pronunciarse sobre el tema. Algunos consideran que no es algo factible y no se llevará a cabo, ya que se trata de una medida proteccionista que podría causar la fragmentación del mercado único, otros tienen esperanzas de que la UE adopte la norma y, además, de que se pueda hacer extensible a otros productos.

Podéis conocer más detalles sobre la entrada en vigor del etiquetado con indicación de origen de la leche y los productos lácteos a través de la página oficial del MAPA.

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